📃 Normativa:
La celebración de audiencias conciliatorias está contemplada como una función específica de la asociación de consumidores, de conformidad a la ley 24.240 (art. 56 inc. d), y en lo relativo al proceso de Córdoba en el art. 5 inc. d, de la ley 10.247.
Esta facultad de la asociación de consumidores se complementa con lo dispuesto por la ley de mediación prejudicial obligatoria (10.543), que en el art. 6 inc. 13 dispone que quedan excluidas de la mediación obligatoria las causas relacionadas a la Ley de Defensa del Consumidor, cuando el interesado acredite el cumplimiento de la etapa administrativa ante una asociación debidamente registrada, como es el caso de ADCOIN.
En otras palabras, el trámite es similar a transitar el camino de una mediación en el Centro de Mediación Judicial, u otro centro público o privado, si bien al tratarse de casos de aplicación del Derecho del Consumidor, la normativa es de orden público y por lo tanto los casos están excluidos del sistema de mediación, si bien pueden solucionarse a través de la conciliación de las partes. Asimismo, tanto en la celeridad como en el registro de los casos, este proceso cuenta con ventajas relativas a la especialización de la ONG en razón de la materia.
📋 Trámite:
Para realizar una audiencia conciliatoria es necesario contactar a uno de los profesionales colaboradores de ADCOIN, que realizan la tarea de citar a la empresa en relación a la cual existe el conflicto, y tomar la audiencia el día fijado. Podés solicitar la información de contacto por WhatsApp al 351 631 1194.
Remitida la denuncia a través del formulario específico (el abogado te guiará en el proceso), ADCOIN enviará una carta documento a la empresa citando a la audiencia en un término de diez días hábiles de la fecha de envío. Algunas empresas ya están aceptando las citaciones de ADCOIN por correo electrónico, lo que implica el ahorro en el costo de envío y el tiempo e inconvenientes que puedan suscitarse con el correo físico.
Actualmente las audiencias se realizan en forma virtual, a través de plataforma Zoom, y la parte formal de la misma es grabada para ser acompañada al acta resultante.
En el acta se deja constancia de la posición de la empresa respecto del reclamo, del ofrecimiento de la empresa y/o la aceptación de la propuesta por parte del consumidor, o bien de la negativa o incomparecencia del citado, a los fines de que se pueda proseguir por la vía judicial. La política de ADCOIN es realizar una sola audiencia, salvo casos excepcionales, pudiendo las partes proseguir la negociación a través de los correos electrónicos fijados a tal fin, o bien optar por ingresar directamente en la etapa judicial, desde el momento en que finaliza la audiencia que da por terminada la instancia administrativa.
Una vez ingresado el caso en el Poder Judicial de Córdoba, se podrá presentar el acta de la audiencia realizada en ADCOIN para acreditar el cumplimiento de la etapa previa. Asimismo es posible oficiar electrónicamente a ADCOIN para que ratifique las actuaciones y también se puede pedir que informe cuestiones adicionales relativas a la empresa y/o constancias en sus registros sobre la demandada (especialmente útil a los fines de la valoración de antecedentes para cuantificar el daño punitivo). ADCOIN es una de las primeras ONGs en suscribir el convenio de oficios electrónicos con el Poder Judicial de la Provincia de Córdoba.
⚠ Obligatoriedad:
La comparecencia a la audiencia por parte del proveedor es OBLIGATORIA a partir de su notificación al domicilio electrónico o social de la empresa. Los proveedores están obligados a brindar información cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización (art. 4 de la ley 24.240) y las Asociaciones de Consumidores están facultadas a su requerimiento (art. 56 incs. a, d y e de la ley 24.240), en virtud de tratarse de un proceso y normativa de orden público (art. 65 de la ley 24.240).
La incomparecencia por parte del denunciado implicará:
a. La solicitud de la multa prevista por el art. 25 de la ley 10.247.
b. El registro de las actuaciones y antecedentes por parte de la Asociación de Consumidores actuante y su comunicación a la autoridad nacional y al Poder Judicial en su jurisdicción ordinaria y federal.
c. La promoción de acciones judiciales por el trato indigno propiciado al consumidor (art. 8 bis de la ley 24.240) y la consecuente solicitud de aplicación de la multa por daño punitivo (art. 52 bis de la ley 24.240).
Por lo expuesto, las empresas están obligadas a asistir a las audiencias a las que sean citadas, acompañar la documental que se les solicite y participar activa y diligentemente, evitando conductas dilatorias y/o abusivas de su posición respecto al reclamante, todo ello bajo los apercibimientos especificados.
💲 Costos:
Normalmente el profesional conciliador que realiza el trámite de citar a la empresa y tomar la audiencia cobra en concepto de honorarios el monto de 2 Jus a cada parte, debiendo pagar el consumidor su parte de modo previo al inicio del proceso. Este monto puede variar en más o en menos, dependiendo de la complejidad del caso, número de afectados y demás circunstancias, por lo que deberá corroborarse con el abogado conciliador en el caso concreto.
Adicionalmente el consumidor deberá costear el gasto del envío de la carta documento, ya que lamentablemente aún son pocas las empresas que aceptaron la propuesta de ADCOIN de constituir un domicilio electrónico para futuras citaciones, si bien se está avanzando en la materia.
ADCOIN no percibe ningún ingreso por brindar el servicio de audiencias, pudiendo el consumidor que así lo desee colaborar con el mantenimiento de la entidad donando un monto único o suscribirse para donaciones periodicas.
✅ Ventajas de realizar una audiencia conciliatoria en ADCOIN:
1. Los tiempos son mucho más ágiles que en una dependencia pública, y existe mayor flexibilidad para la fijación del día y hora de las audiencias.
2. Las audiencias se realizan de modo virtual.
3. El conciliador es un profesional matriculado que entiende de cuestiones relativas al Derecho del Consumidor.
4. ADCOIN está especializada en la defensa de usuarios, consumidores e inquilinos, por lo que conoce la problemática más a fondo que centros de mediación públicos o privados que llevan adelante un campo más amplio de reclamos.
5. ADCOIN puede brindar información adicional sobre antecedentes de reclamos contra una misma empresa, problemáticas similares y/o registrar el caso para la realización de una acción colectiva en el caso de que se determine la afectación de una clase más amplia que el caso individual.
6. La respuesta de ADCOIN ante un oficio judicial en procesos de Córdoba se realiza electrónicamente, en virtud del convenio vigente, lo que agiliza las comunicaciones.
❌ Desventajas:
1. A diferencia de las entidades públicas, en las que todos los trámites son completamente gratuitos para el consumidor, en este caso deben cubrirse parcialmente los honorarios del profesional conciliador previo a iniciar el proceso, y en la mayoría de los casos también el costo de envío de la carta documento.
2. ADCOIN no tiene facultades sancionatorias contra una empresa incumplidora, si bien debemos remarcar que el producido de las multas que sí puede imponer la autoridad de aplicación (Dirección de Defensa del Consumidor) no tienen como destino al consumidor, sino que van a los fondos provinciales.
😊 Estamos orgullosos de que ADCOIN sea la primer Organización No Gubernamental de Córdoba en brindar el servicio de audiencias conciliatorias en causas de Defensa del Consumidor e Inquilino, y nos esforzamos cada día por brindar el mejor servicio, en trato, velocidad y eficiencia. Si te quedan dudas no dejes de contactarnos.
El Equipo de ADCOIN
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