miércoles, 14 de noviembre de 2018

Desarrollista deberá indemnizar a cliente por vender un lote sin autorización municipal


El juez de 47° Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Domingo Fassetta, condenó a una desarrollista inmobiliaria a pagar a un cliente la suma de $531.186 pesos en concepto de daño punitivo, daño moral y restitución de dinero desembolsado ya que la  empresa vendió un lote en cuotas sin tener la debida autorización municipal.
El contrato celebrado entre el cliente en cuestión y la desarrollista,  establecía que la tenencia del inmueble se daría cuando “se encuentren ejecutadas las obras de infraestructura exigidas por la Ordenanza Municipal”. Sin embargo, la Municipalidad de Córdoba notificó a la desarrollista un mes antes a celebrarse el contrato, que el emprendimiento en cuestión no contaba con el instrumento legal (resolución aprobatoria de proyectos) que habilita a poner a la venta las futuras parcelas. Paralelamente, el ente comunal le ordenaba a la firma el cese del ofrecimiento de ventas de lotes en cualquier modalidad.
Pese a ello, la demandada hizo caso omiso de dicha notificación e infringió varias normas: por un lado, la Ley de Defensa del Consumidor, puesto que informó de manera incorrecta la situación legal de los lotes; y, por otro, la Ordenanza Municipal N° 10330 que establece las condiciones que deben existir para que los loteadores puedan comprometer en venta las futuras parcelas.
El juez Fassetta puso la sentencia a disposición de las asociaciones u organizaciones de consumidores para que puedan difundirlas a través de páginas web, redes sociales, aplicaciones electrónicas y otros dispositivos de comunicación, ya que para el mismo, la divulgación de este tipo de información permite a los consumidores anticiparse a la generación de conflictos o, en todo caso, controlar o atemperar sus consecuencias.
Causa: “Martín, Daniel Eduardo y Otro c/ Gama S.A. – Abreviado - Cobro De Pesos”.
Fecha: 11 de octubre de 2018.

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