El
pasado martes 13 de noviembre, la asociación de consumidores Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino (ADCOIN) recibió a representantes de ARCOR y
de la Fundaciónpara el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) en una audiencia de
conciliación extrajudicial solicitada por la Fundación con motivo de la campaña
publicitaria “Tu porción justa” de la empresa.
La
campaña “Tu porción justa” contradice el derecho de los consumidores a recibir
información y atenta contra el derecho a la salud
A
mediados de septiembre de este año, Arcor lanzó la campaña que plantea que “una
vida saludable es una vida equilibrada en la que darse un gusto y cuidar la
salud van de la mano”. Como parte de esa campaña, se estampó en varios
productos de la empresa una etiqueta frontal color verde con la frase “Tu
porción justa”, indicando “cuál es la porción diaria recomendada de eso que te
gusta y te hace bien”.
FUNDEPS planteó ante ADCOIN que la
campaña contradice la garantía de los/as consumidores/as de recibir información
adecuada y veraz contemplada en el art. 4 de la Ley de Defensa del Consumidor
N° 24.240, en el art. 1100 del Código Civil y Comercial y en el art. 42 de la
Constitución Nacional. Además, considera que el mensaje que esconde la campaña
publicitaria es engañoso, ya que induce a una idea falsa respecto de los
productos. La elección de la palabra “justa” y del color verde generan en la
persona que se acerca al producto una idea de “salud” muy lejana a lo que
verdaderamente implica el consumo de alimentos ultraprocesados como los que
promociona la campaña. De esta manera, se promueve e induce su consumo,
exagerando sus virtudes o sugiriendo algunas en realidad inexistentes. Se trata
de un caso de publicidad falsa, y más específicamente, publicidad engañosa.
Las
representantes de Arcor afirmaron en la audiencia que el programa “Tu porción
justa” es respetuoso de la legislación vigente y que fue diseñado,
precisamente, para contribuir a fomentar una alimentación saludable. Indicaron
que la creación del “slogan” y de la campaña había sido consultada con expertos
en la materia, “con el objetivo de ayudar al consumidor a limitar la ingesta de
los alimentos de consumo opcional a una medida justa.”
Sin
embargo, tanto FUNDEPS como ADCOIN sostuvieron que si bien la campaña asegura
estar proporcionando información al consumidor, lo cierto es que no existe una
porción recomendada de consumo de estos productos. La Organización Mundial de
la Salud (OMS) considera que los alimentos ultraprocesados “son motor de la
epidemia de obesidad en América Latina” y deben evitarse. La campaña de Arcor
va en dirección opuesta.
A
pesar de la falta de marco normativo específico en materia de etiquetados,
FUNDEPS insiste que existe una violación al derecho de recibir información
cierta, veraz y detallada. La campaña no desalienta el consumo de estos
productos ni marca el límite máximo, sino que lo promueve. Ante la insistencia
de Arcor respecto de la intención de la campaña de generar una herramienta en
los consumidores para identificar una porción y de esta manera reconocer el
límite máximo, FUNDEPS solicitó los estudios de mercadeo y los fundamentos
científicos sobre los que fue ideada la campaña, así como también los contactos
de nutricionistas y profesionales que la apoyaron, a los fines de comprender
mejor la evidencia científica mencionada por la empresa. Por su parte, Arcor
solicitó conocer mejor los argumentos que fundan la postura de la Fundación y
de las organizaciones de la región que apoyaron el reclamo.
Las
partes decidieron continuar el diálogo en el ámbito conciliatorio
extrajudicial, por lo que se fijó una nueva audiencia para los primeros días de
diciembre.
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