miércoles, 3 de junio de 2020

Ley de alquileres 2020


En noviembre de 2019 se sancionó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley sobre la regulación de los contratos de locación. Previamente la Comisión de Legislación General había emitido un dictamen de consenso entre las distintas fuerzas políticas, con el fin de avanzar con la reforma al Código Civil y Comercial en materia de alquileres.

Muchos de los aportes que resultaron de gran relevancia para el texto final de ese proyecto fueron elaborados por una organización cordobesa con experiencia en el trabajo diario con la problemática de los inquilinos. La ONG Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino (conocida por su sigla ADCOIN) generó y dio forma a las propuestas prácticas para la mejor protección del inquilino que terminaron siendo receptadas en el dictamen.

Propuestas que si se convierten en ley, que podría aprobar el Senado, serán la clave para mejorar la situación de todos los locatarios, dar mayor transparencia al contrato y asegurar un trato digno en la relación entre las partes, que frente a las necesidades de vivienda de un gran sector de la población, se vuelven una prioridad de nuestra agenda política.

Entre los puntos más importantes propuestos por ADCOIN e incluidos en el proyecto sancionado encontramos:
  • Se podrá constituir domicilio electrónico, lo que facilitará muchísimo la comunicación entre las partes.
  • El depósito deberá restituirse actualizado.
  • No se permitirá que se les haga firmar pagarés a los inquilinos ni garantes.
  • Establece un procedimiento para arreglos en el inmueble, para la renovación contractual, y brinda una solución práctica frente a la negativa de recepción de la llave.
Además, otros puntos fundamentales en los que hubo un gran consenso por parte de todas las organizaciones de defensa de los inquilinos, fueron la extensión del plazo mínimo a tres años y la prohibición de cobrar expensas extraordinarias. Tanto para dar estabilidad a la parte más débil de la relación contractual, como para frenar los abusos respecto del cobro de expensas, que de ninguna manera corresponde abonar a quien se encuentra circunstancialmente en un inmueble.
La ley contiene algunos temas sobre los que habrá que observar su implementación para sacar conclusiones, como las modificaciones al régimen de garantías y los proyectos de políticas públicas para el alquiler social. 

El asunto controversial de esta ley es que impone un índice de actualización que posiblemente generará incertidumbre sobre el monto mensual a abonar por el inquilino, y que podría terminar perjudicando a ambas partes, además de ser contraria a la prohibición de indexación que rige en el país, lo que muy probablemente colabore a generar mayor inflación en la economía, perjudicando así a la economía en general.

El punto más negativo sin dudas tiene que ver con la omisión de especificar los casos en los que las locaciones quedan comprendidas por la normativa de protección al consumidor. Lo que se traduce en una excelente oportunidad para los senadores, de introducir este aspecto reclamado insistentemente por la Federación Argentina de Defensa del Inquilino (FADI).

Estamos frente a una ley que, con los ajustes adecuados, está llamada a mejorar la vida de millones de argentinos.

0 comentarios:

Publicar un comentario