En el día de hoy la Cámara de Diputados aprobó la media
sanción a la ley de alquileres. Los puntos fundamentales fueron señalados por
ADCOIN en ésta publicación, y el dictamen completo (que finalmente fue aprobado
por la Cámara en pleno) está disponible aquí.
A las cinco de la tarde se aprobó por 191 votos a favor y
ninguno en contra, una ley que viene discutiéndose desde 2016 con varias
iniciativas tanto del oficialismo como de la oposición.
Cabe aclarar que esto no implica la implementación inmediata
de la ley, ya que todavía falta su tratamiento por los senadores, con lo cual resta
un largo camino legislativo que puede implicar reformas, demoras, o incluso que
el proyecto no prospere.
Desde ADCOIN sentimos una gran satisfacción por los aportes
que hemos realizado a la discusión parlamentaria y al proyecto aprobado por la
Cámara Baja, pero también cierta preocupación por los puntos que se han
omitido, y especialmente por las inquietudes que nos planteamos en relación al
punto más controversial: la vuelta de la indexación a los contratos de
alquileres después de veintiocho años de prohibición. Sobre este punto nos
remitimos a este breve artículo escrito por el Presidente de nuestra
organización, titulado “Otra vez la indexación!”.
Ya nos hemos manifestado acerca de los puntos a favor y en
contra de la ley, queda ahora plantearnos algunos interrogantes para que se
tengan en cuenta en el tratamiento del tema por la Cámara de Senadores.
Éstas son las preguntas fundamentales que nos hacemos sobre
el proyecto aprobado por Diputados:
1. ¿La indexación anual favorecerá a los inquilinos? Por
ejemplo, en un año como el que transcurre, el aumento pactado en la mayoría de
los contratos fue del 12,5% semestral. Por el contrario la inflación fue de más
del 50%, por lo que el índice de la ley probablemente rondaría en el 40% anual.
Si la inflación supera a las “expectativas de inflación”, como viene ocurriendo
en estos últimos años, este punto será muy perjudicial para el bolsillo de los
inquilinos.
2. ¿La comisión inmobiliaria estará a cargo de los dueños?
La ley no lo establece con claridad, por lo cual podrá seguir cobrándose a los
inquilinos. Que además deberán pagar como mínimo tres años de comisión, en
lugar de dos. De todos modos es un tema que debe regular cada provincia, y
desde ADCOIN seguimos instando a nuestros legisladores a ocuparse del tema.
3. ¿El “abanico de opciones en las garantías” beneficiará a
los inquilinos? En la práctica es muy difícil de creer que por más que la ley
enumere las distintas opciones que existen para afianzar un contrato, a la hora
de la firma los propietarios aceptarán menos de lo que actualmente piden. En
definitiva el propietario seguirá siendo quien defina cuáles son los requisitos
para contratar sobre su inmueble, y en todo caso las empresas que ofrecen seguros
de caución (habituales en CABA pero muy poco usuales en Córdoba) podrán aprovechar
esta “mención legal” para empezar a hacer negocios en lo que desde la capital se llama "el interior
del país”.
4. ¿Por qué no se dispuso claramente cuándo se aplica la ley
de defensa del consumidor a estos contratos? Un punto fundamental, y el que más
hubiera beneficiado a los inquilinos, que recibió una fuerte
resistencia de parte del sector de las constructoras, desarrollistas, inmobiliarias
y administradoras de consorcios… Seguiremos la lucha por su inclusión, en la
Cámara de Senadores.
Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino
La mayoria de los aumentos son de entre el 15 y el 17 %, no se de donde sacaron que son del 12, 5%.
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